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Por: Awilda Reyes

Las redes sociales se han convertido en el medio de comunicación por excelencia para mantener el contacto, sin contacto físico, con el mundo exterior, debido a la norma de distanciamiento social como efecto de la pandemia que nos afecta.

Y es que, esta nueva forma de mantenernos cerca a la distancia, nos ha hecho creadores y consumidores de contenido al mismo tiempo. Esto implica, además, que cada quien ha demostrado y utilizado estas vías de comunicación para dar al mundo parte de lo que tiene, de ahí, que ha salido a la luz y hemos visto publicado, lo peor y lo mejor de cada uno de nosotros.

Esta comunicación casi constante ha facilitado que se hagan cada vez más comunes las llamadas fake news o noticias falsas. El internet y otras tecnologías digitales han facilitado que las ideas y la información puedan ser difundidas y propagadas a una velocidad insospechada.

Las Fake News, son, sin duda alguna, un fenómeno que a simple vista parece inofensivo y hasta sencillo, sin embargo, esta mala práctica, afecta derechos de las personas, instituciones y sociedad en general, produciendo en varios casos, la coalición de algunos derechos, entre ellos está el derechos de libertad de expresión y difusión del pensamiento como derecho individual y la libertad de información de toda la sociedad, y no tan sólo estar informada, sino que esta información sea veraz, como derecho de la colectividad.

El derecho de la colectividad a estar debidamente informado, adquiere mayor relevancia en el estado de emergencia en el que nos encontramos y en el cual, algunos de nuestros derechos se encuentran limitados y suspendidos, situación que, aunada con otras propias de la misma realidad, colocan a la sociedad en un estado de vulnerabilidad y sensibilidad, en la que la receptividad a las informaciones está en su punto máximo.

Es por estas razones y otras más, que hemos sido testigos de los estragos que pueden causar las Fake News, ya que la difusión y propagación de información falsa, ha colaborado con la creación de caos, desasosiego, del pánico generalizado e incluso, ha logrado la manipulación de las masas al punto de movilizarlos a realizar acciones, que vistas, desde lo estrictamente racional, podrían considerarse suicidas, ante la exposición al contagio de una enfermedad mortal.

Y es que la era de la posverdad como algunos autores lo han llamado, ha permitido la manipulación, creación o modificación de la opinión pública a través de las emociones, y el escenario creado por la pandemia en nuestro país, ha llevado las emociones particulares y sociales a un punto de susceptibilidad superior, y esto lo podemos notar en las reacciones que ha tenido la generalidad cuando se ha rumoreado alguna medida extrema, como lo es el toque de queda por 24 horas.

Ante esta realidad, hay quienes se justifican detrás de la protección del derecho a la libertad de expresión y difusión del pensamiento, derecho que les permite transmitir sus ideas y pensamientos. Este argumento es válido, sin embargo, como ningún derecho es absoluto, cada derecho tiene sus límites, por lo que, la libertad de expresión y difusión del pensamiento del que todos tenemos derecho, encuentra sus límites dentro de la propia Ley No. 6132, de Expresión y difusión del Pensamiento.

Esta ley en su artículo 27 dispone que la publicación, difusión o reproducción, por cualquier medio de noticias falsas, de documentos fabricados, falsificados o falazmente atribuidos a terceros, cuando tal publicación, difusión o reproducción hubiere perturbado la paz pública, se castigará con pena de seis meses a dos años de prisión y con multa a de RD$ 100.00 a RD$ 1,000.00, o con una de estas dos penas solamente.

Los mismos hechos serán castigados con pena de uno a dos años de prisión y con multa de RD$ 100.00 a RD$ 1,000.00 cuando la publicación, la difusión o la reproducción trastornen la disciplina o la moral de las Fuerzas Armadas o perjudique los esfuerzos bélicos de la nación.

Es decir que esta ley cataloga como Delitos contra la cosa pública la divulgación, difusión o publicación de informaciones falsas.

Pero, además, esta misma ley lo considera un delito contra la persona cuando en su artículo 29, ofrece un tipo penal distinto, pero sobre una base en común, y dispone que constituya difamación toda alegación o imputación de un hecho que encierre ataque al honor o la consideración de la persona o del organismo al cual se impute el hecho.

La publicación o radiodifusión, directa o por vía de reproducción, de tal alegación o de tal imputación es castigable, aún cuando se haga en forma dubitativa o si alude a una persona o a un organismo no mencionados de manera expresa, pero cuya identificación se haga posible por los términos de los discursos, gritos, radioemisiones, películas, amenazas, escritos o impresos, carteles o edictos incriminados. Constituye injuria toda expresión ultraje, término de desprecio o invectiva que no conlleve imputación de hecho alguno, incluye, además, el mismo artículo.

Estos mismos delitos que también están contemplados en nuestro código penal y aunque también se establece como requisito la publicidad, característica natural de las fake news, es innegable que el legislador de 1884, no se enfrentó a la realidad que tenemos hoy.

Y estos son, apenas dos de los muchos ejemplos que podemos encontrar en nuestro ordenamiento si vamos analizando el contenido de las fake news , ya  que esta práctica podría constituir un verdadero atentado no tan sólo contra las personas, sus derechos, las empresas, instituciones y el orden público en general, pues las fake news no tienen preferencia ni discriminan, sino que la peligrosidad de ellas radica en la posibilidad y hasta facilidad de afectar el sistema democrático, en el cual debe existir el respeto irrestricto a la libertad de expresión y la existencia de diversos medios de comunicación, pero que al mismo tiempo debe mantenerse el equilibrio de éste con los derechos de los demás, ya que el primero, debe ejercerse dentro de los límites de la constitución, la ley, las buenas costumbres y el orden público.

Todos somos responsables de frenar el círculo de desinformación que producen las noticias falsas, aprender a identificar las noticias que de manera deliberada son falsas con la finalidad de desinformar y motivarnos a difundirlas, ya que debemos tomar conciencia sobre los efectos negativos de éstas, en una situación tan delicada como la que estamos viviendo, donde la información puede salvar o matar muchas vidas.

Es sin duda alguna, una tarea de los legisladores, tan pronto el estado de emergencia haya cesado, poner en agenda la inclusión de esta nueva modalidad de atentado contra las personas, el orden, paz y estabilidad pública y abordar los aspectos políticos, sociales y legales de esta práctica que esta soslayando de manera progresiva nuestros medios de comunicación y con ello, al mismo tiempo, a la democracia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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