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Santo Domingo. – El jurista y comunicador, Kelvin Faña, pidió al Ministerio Público investigar a la exdirectora de Contrataciones Públicas, Yocasta Guzmán, ante las evidencias presentadas de violación a ley de compras por parte de Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, quien realzó en varias instituciones del Estado compras millonarias.

“Yocasta, como responsable de Compras del Gobierno debe de aclarar como una sola persona suplía tanto al Estado y violaban el procedimiento de compras. Ella debe de saber algo”, argumentó Faña en su comentario de su programa “Hablemos de Política”.

Además, dijo que le extraña que esa institución ganara premios de transparencia y nunca se detectó las empresas del hermano del expresidente.

También dijo que deben de ser investigado los encargados de compras de esas instituciones donde Alexis Medina obtuvo grandes pagos y los representantes de la Contaduría.

Caso

Alexis Medina se encuentra detenido desde el pasado domingo acusado por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) de formar parte de una supuesta red de corrupción que operaba durante período gubernamental 2012-2020 del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) presidido por su hermano.

Junto a él también se encuentra detenida su hermana, Carmen Magalys Medina Sánchez, quien fue vicepresidente de Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper) y otros diez funcionarios del pasado Gobierno.

Las autoridades presumen que Alexis Medina lideraba la red de corrupción y que tenía varios testaferros (personas que prestaban su nombre en los contratos o negocios que en realidad pertenecían a él).

A los algunos de los imputados se les acusa de que aprovechar sus vínculos con el poder político para convertirse en proveedores privilegiados del Estado para acumular fortunas.

La ley 40-06 sobre compras y contrataciones establece que no pueden ser oferentes ni contratar con el Estado los funcionarios públicos con injerencia o poder de decisión en cualquier etapa del procedimiento de contratación administrativa ni los parientes por consanguinidad hasta el tercer grado o por afinidad hasta el segundo grado de los funcionarios relacionados con la contratación.

Tampoco pueden serlo los cónyuges, las parejas en unión libre, las personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva o con las que hayan procreado hijos ni los descendientes de estas personas.

 

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